nov 24 2009

Publicados los modelos 390, 190, 184 y 193
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Archivado en: Agencia TributariaFelix Florindo @ 13:41 24/11/2009

Ya ha sido publicado en el BOE, el modelo 390, Orden EHA/3111/2009 (BOE 20/11) y los modelos 190, 184 y 193, Orden EHA/3127/2009 (BOE 23/11), donde se recogen las modificaciones que se han venido anunciando en la página Web de la Agencia Tributaria.

Tras echarle un primer vistazo, os indico las principales modificaciones realizadas.

Modelo 390:

  • La principal novedad del modelo 390 es que unifica el anterior 390 y 392 (grandes empresas), cosa que era de esperar, dado que a principios de año se unifico tambien en el modelo 303, el 300 y el 320, entre otros. Es de aplaudir esta iniciativa de la Agencia Tributaria, ya que eso permite reducir el numero de modelos disponibles, y actualmente con el incremento de las presentaciones por Internet, se facilita mucho el envio, ya que solo se debe tener en cuenta un unico formato de fichero, donde determinados campos sean o no obligatorios dependiendo de la empresa.
  • Otra novedad que compruebo revisando el nuevo modelo, es que debido a la inclusion del antiguo 392, principalmente en el apartado de IVA devengado, es necesario desglosar las bases y cuotas, por cada porcentaje de IVA. No se especifica si esas casillas serán obligatorias para todas las empresas o solo para grandes empresas, estatemos a la espera de instrucciones precisas de cumplimentación por parte de la Agencia Tributaria.


Modelo 190:

  • Respecto a este modelo, las novedades principales, son la inclusion de nuevos campos en el apartado de informacion adicional de los perceptores, como son la comunicacion de que se destinan cantidades a adquisicion o rehabilitación de vivienda habitual, utilizando financiación ajena y la proporción en que se computan (por mitad o por entero), los tres primeros hijos o descendientes.
  • Se aprecia tambien un nuevo diseño de hojas anteriores en el caso de sustitutivas y complementarias, aunque se anticipa en la Orden, que se permitirá tambien la modificación de las declaraciones presentadas, a través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria.
  • En cuanto a la forma y plazos de presentación, tal y como se anticipo siguen iguales, excepto en que se aumenta de 50.000 a 5.000.000, el numero de registros de perceptores que se pueden crear en presentación telemática.

Modelos 184 y 193:

  • Respecto a estos modelos las modificaciones mas importantes, están en los cambios de determinadas descripciones correspondientes a varios campos de las hojas interiores, con el fin de clarificar en la medida de lo posible los conceptos que son necesarios indicar en ambos modelos.
  • Las modificaciones realizadas, en estos modelos, segun se desprende del contenido de la Orden, ayudarán principalmente a la mejora en los servicios prestados actualmente por la Agencia Tributaria, principalmente para el envio del borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta, y el envío de datos fiscales.

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