mar 27 2009

Ley de Protección de Datos de Carácter Personal LOPD (Capitulo I)
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Archivado en: LOPD — Etiquetas: , Belén Royo @ 01:02 27/03/2009

Cada vez es mas conocido el derecho que todos tenemos a la protección de nuestros datos de carácter personal.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos (LOPD) y el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, (RLOPD) reconocen el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.

El derecho fundamental a la protección de datos reconoce al ciudadano la facultad de controlar sus datos personales y la capacidad para disponer y decidir sobre los mismos.

La ley tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente su honor e intimidad personal y familiar.

Las empresas y organismos públicos tratan datos de carácter personal y están obligados a garantizar el derecho fundamental a la protección de datos.

La LOPD garantiza una serie de derechos a las personas físicas, titulares de los datos, tales como el derecho a ser informado de cuándo y porque se tratan sus datos personales, el derecho de acceder a los datos, y en caso necesario, el derecho a la modificación o supresión de los datos o el derecho a la oposición al tratamiento de los mismos.

La LOPD establece las obligaciones que los responsables de los ficheros y los encargados de tratamientos, tanto de organismos públicos como privados han de cumplir para garantizar la observancia del derecho a la protección de datos.

Continuaremos en próximas entradas conociendo nuevos aspectos de la normativa vigente al respecto.

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